
Hay que entrar en la sección ‘Campaña de la Renta 2024’ en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y dentro del apartado de ‘gestiones … destacadas’ hacer clic en ‘servicio tramitación de borrador/declaración (Renta web)’. Entonces el sistema pedirá identificarse y para acceder al borrador de forma on line la Agencia Tributaria ofrece tres métodos: mediante cl@ve PIN, con certificado electrónico o DNI electrónico y por último con el número de referencia que se obtiene aportando el NIF, la fecha de caducidad del DNI y el importe que figura en la casilla (0505) de la declaración del año anterior.
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¿Quiénes están obligados a hacer la declaración?
Tienen que presentarla los contribuyentes con rendimientos del trabajo superiores a 22.000 provenientes de un único pagador o de 15.876 –el salario mínimo de 2024– con más de un pagador; esto será si la suma de las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros anuales. También cumplirán con esa obligación los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y quienes hayan estado de alta de autónomos en el RETA, entre otros
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¿Quiénes están exentos de hacer la declaración?
Además de quienes no lleguen a los 22.000 euros de ingresos al año si no han recibido más de 1.500 del segundo y siguientes pagadores, tampoco tendrán obligaciones ante la Agencia Tributaria quienes cobraron prestaciones por desempleo en 2024. El Ministerio ha aplazado la entrada en vigor del cambio de ley a 2026, en la declaración que se haga de los datos de 2025.
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Si me sale a pagar, ¿cómo se puede abonar el importe?
Se puede domiciliar el pago y fraccionarlo, pero en ese caso hay que presentar la declaración antes del 25 de junio. También se puede abonar ese dinero a través de Bizum. Y en este caso, los contribuyentes deberán comprobar los límites específicos establecidos por cada banco ante el uso de este servicio para asegurarse de que la cantidad a pagar a Hacienda está dentro de los márgenes permitidos en cada caso.
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Donaciones, criptomonedas y otras curiosidades…
Este año aumenta el porcentaje de deducciones fiscales por hacer donaciones: del 80% en los primeros 250 euros y del 40% al resto del importe entregado a una entidad oficial. Por último, quienes tengan criptomonedas habrán debido presentar antes del 31 de marzo el modelo 721 de monedas virtuales situadas en el extranjero al que están obligadas las personas que dispongan de monedas virtuales fuera de España por valor de más de 50.000 euros.
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